IVA o ITP Vivienda: Calculadora de Régimen Fiscal
IVA o ITP: clasifica la compra antes de calcular impuestos
IVA o ITP Vivienda: Calculadora de Régimen Fiscal
Este hub resuelve la decisión previa al cálculo: si el usuario clasifica mal la operación, todos los importes posteriores salen mal. Por eso enlaza obra nueva, segunda mano, VPO y AJD. La página es calculadora-first: parte de un caso fiscal concreto y modifica valores por defecto para que el usuario no tenga que reinterpretar un artículo genérico. Si ya tienes escritura, referencia catastral y datos del comprador, usa el checklist del Modelo 600 como revisión informativa previa.
No mezclar regímenes incompatibles
El primer filtro es decidir entre segunda mano y obra nueva. Segunda mano tributa por ITP/TPO y AJD variable de compraventa igual a 0. Obra nueva tributa por IVA o IGIC y AJD. La hipoteca puede tener AJD, pero bajo la lógica implementada lo paga el banco desde 2018.
Conexiones antes y después de la compra
Antes de firmar una señal, revisa importes y condiciones en modeloarras.es. La plusvalía municipal es normalmente del vendedor y se calcula aparte en calculadoraplusvalia.es. Si la vivienda procede de una herencia, separa la compra del impuesto sucesorio con calculadoraherencia.es.
- ×Calcular ambos impuestos sumándolos cuando solo uno aplica — IVA y ITP son mutuamente excluyentes en una compraventa de vivienda.
- ×Autoliquidar por precio sin revisar si el Valor de Referencia es superior.
- ×Tratar una estimación informativa como si fuese una presentación oficial del Modelo 600.
- Confirmar si la vivienda es segunda mano, obra nueva o VPO
- Seleccionar la comunidad donde radica la finca
- Consultar Valor de Referencia si existe para el inmueble
- Calcular fondos totales antes de firmar arras
- Separar impuestos del comprador, plusvalía del vendedor y posibles impuestos de herencia
Ejemplo: una obra nueva de €300.000 en Madrid estima IVA €30.000 y AJD 0,75%; una usada de igual precio estima ITP €18.000.
Cómo funciona
Define el tipo de operación
Selecciona vivienda usada, obra nueva, VPO o alquiler para activar el régimen fiscal correcto.
Indica comunidad y precio
La comunidad fija el tipo y el precio determina la base inicial del cálculo.
Añade Valor de Referencia si lo conoces
Si el valor de Catastro supera el precio, compara la cuota por ambos importes.
Marca reducciones aplicables
Completa edad, primera vivienda, familia numerosa, discapacidad, VPO y otros datos relevantes.
Revisa impuesto y gastos
Usa el desglose para preparar fondos, documentos y preguntas antes de firmar o presentar autoliquidación.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga IVA y cuándo ITP?
La primera entrega de promotor tributa por IVA o IGIC y AJD. La vivienda usada tributa por ITP/TPO. Ambos regímenes no se suman en la misma compraventa.
Fuente oficial: BOE, LIVA y TRLITPAJD.
¿Qué pasa si el promotor renuncia al IVA en una operación entre empresas?
Si vendedor y comprador son ambos sujetos pasivos del IVA con derecho a deducción, el vendedor puede renunciar a la exención del IVA en segunda transmisión. La operación tributa entonces por IVA + AJD en lugar de ITP.
Art. 20.Dos LIVA y Art. 8 RIVA
¿Las viviendas rehabilitadas tributan por IVA o ITP?
La primera entrega de una rehabilitación integral (más del 25% del valor de la vivienda en obras estructurales) tributa por IVA al 10% como obra nueva. Por debajo de ese umbral, sigue siendo segunda mano y tributa por ITP.
Art. 20.Uno.22º.B LIVA
¿La obra nueva siempre paga IVA al 10%?
La regla general es 10%. Excepciones: VPO régimen especial al 4% y entrega entre empresarios con renuncia a la exención (no aplica en residencial habitual). En Canarias se aplica IGIC en lugar de IVA.
Art. 91 LIVA
¿La calculadora presenta modelos oficiales o solo estima?
Solo estima y organiza la información. No presenta el Modelo 600, no consulta Catastro automáticamente y no sustituye a una gestoría, notaría, administración tributaria o asesor profesional.
¿Cuándo conviene revisión profesional?
Cuando el Valor de Referencia supera mucho el precio, hay varios compradores con requisitos distintos, VPO, herencia previa, transmisión empresarial, renuncia al IVA o dudas entre ITP e IVA.
Contexto Legal
TRLITPAJD (RDL 1/1993), Ley 11/2021 para Valor de Referencia, RDL 17/2018 para AJD hipotecario y normativa autonómica de tipos ITP/AJD recogida en la tabla fiscal oficial del sitio.
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